Santo Domingo. – El destacado periodista Hansel García, pidió modificar la Ley 1306-BIS sobre divorcios, con miras a la eliminación de la figura de pensión a ex cónyuge.

García propuso que se pudiera establecer que a la expareja se le adelante una parte de lo que le corresponde de la separación, mientras dure el proceso de repartición de bienes, para que pueda ir solventado su vida económica, si es que no tiene otros ingresos.

Durante su intervención en el programa Politikal, que se transmite por la emisora KQ 94.5 y las plataformas de De Último Minuto, García destacó que precisamente, una de las razones de la pensión a ex cónyuge, es el hecho de que la mujer alega que queda en desventaja, durante el proceso de divorcio.

«La motivación de este cometario es pedir una modificación a la Ley 1306-BIS sobre divorcios, que elimine la pensión a ex cónyuge y que por el contrario, se establezca el adelanto de una ínfima parte del que le corresponde en una futura de repartición de bienes», explicó el comunicador.

Ley 1306-BIS sobre divorcios

El divorcio por mutuo consentimiento no será admitido sino después de dos años de matrimonio, como tampoco lo será después de treinta años de vida común, ni cuando el esposo tenga por lo menos sesenta años de edad y la mujer cincuenta.

Resumen de la manutención del cónyuge

La manutención del cónyuge es parte de la división de bienes general en un divorcio. Usted y su cónyuge pueden tratar de llegar a un acuerdo para dividir los bienes. Esto incluye decidir si una parte le pagará manutención al otro y cuánto pagará.

Si usted y su cónyuge no están de acuerdo, el juez tomará la decisión

Si usted o su cónyuge piden que el juez le otorgue manutención del cónyuge, el juez tomará en cuenta:

  • Cómo se comportó cada parte durante el matrimonio. 
  • La duración del matrimonio. 
  • Si los partes pueden trabajar. 
  • Cuántos bienes recibe cada parte en el divorcio y si los bienes son “líquidos”. 
  • Las edades de las partes. 
  • Si uno de las partes puede pagar la manutención del cónyuge. 
  • La situación de vida actual de las partes. 
  • Las necesidades de cada parte. 
  • La salud de cada parte. 
  • El nivel de vida anterior de las partes. 
  • Si alguna de las partes tiene que mantener a otras personas. .
  • Qué ha contribuido cada parte al patrimonio conjunto. 
  • Si alguna de las partes vive con otra persona. 
  • Lo que sería justo. 

Fuente: De Último Minuto

Por Redaccionando

"Tu noticia, tu mundo, al alcance de un clic." - Un medio de Estado Mental Group. 📲 WhatsApp (849) 409-9768 📩 [email protected]